24 de octubre de 2015

DE LOS ERRORES SE APRENDE

Ayer en la Comisión de Sanidad, la primera que teníamos después de la comparecencia del Sr. Consejero,  acudió el Director General de Coordinación de la Asistencia Sanitaria para comparecer, y contestar las preguntas de los grupos parlamentarios .


Se habían presentado varias preguntas por parte del PSOE y de PODEMOS. Las del PSOE fueron acerca de la situación de la atención en la Comunidad de Madrid a los pacientes afectados por el síndrome tóxico. Sobre cómo evalúa el Gobierno el desempeño que está teniendo la lavandería central hospitalaria. Y sobre la situación de la atención bucodental infantil en la Comunidad de Madrid.


Las nuestras sobre si tenía previsto el Gobierno de la Comunidad de Madrid firmar los nuevos pliegos sobre el concurso para el transporte sanitario urgente. Y si tenía pensado  derogar el artículo 13, de la Ley 4/2012, sobre la externalización de los servicios no sanitarios de los centros sanitarios, así como la extinción de las 26 categorías. 


La pregunta sobre el transporte sanitario urgente la había formulado mal dado que estaba registrada como  "PCOC 156(X)/15 RGEP 4014 a iniciativa de la Ilma. Sra. Dª. Carmen San José Pérez, Diputada del Grupo Parlamentario Podemos Comunidad de Madrid en la Asamblea de Madrid, al Gobierno, sobre si tiene previsto el Gobierno de la Comunidad de Madrid firmar los nuevos pliegos sobre el concurso para el transporte sanitario urgente". 


El error mio consistió en que el transporte sanitario al que me quería referir -el de todas las ambulancias convencionales de transporte sanitario urgente, que excepto las UVI, hacen los traslados urgentes de nuestros pacientes - no está considerado como urgente en los pliegos que faltan por adjudicar a la o las concesionarias. Y, por supuesto, el D. G. me dijo -aludiendo a otros del SUMMA 112- que ya se habían firmado en Mayo.


Si, aunque parezca extraño y en la web del SUMMA112 se pueda leer "La Comunidad destina más de 82 millones de euros en el trasporte sanitario urgente", si se comprueban los Pliegos para la adjudicación, lo que dicen es diferente : "EXPEDIENTE SUMMA PA/GS/O1/15. PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO EN LA MODALIDAD DE CONCIERTO DENOMINADO: "PRESTACIÓN DE TRANSPORTE SANITARIO TERRESTRE, URBANO E INTERURBANO A CARGO DEL SISTEMA SANITARIO DE LA COMUNIDAD DE MADRID, PARA EL TRASLADO DE PACIENTES QUE TENGAN COMO DESTINO U ORIGEN LOS SERVICIOS DE URGENCIAS HOSPITALARIA", no apareciendo por ninguna parte que el transporte sanitario es urgente. Esto permite a las empresas que se queden con el contrato una serie de características que abaratan el servicio, como por ejemplo que las ambulancias no tengan que ir siempre con un/una técnico en emergencias, y les permitan que vayan solo con un conductor/a.
 
La constatación de este error hizo el resto... porque mi intervención quedó embarullada y farragosa.


Volveré a presentar otra iniciativa correctamente formulada porque la situación de este servicio sanitario esencial no puede seguir en manos de unas empresas cuyo lucro se basa en la mala calidad que se presta a los pacientes y en la explotación de las y los trabajdores.


La segunda pregunta no fue contestada en su totalidad y solo manifestó el D.G. la intención de derogar la extinción de las 26 categorías. Por lo que no parece que vayan a ceder a derogar la externalización de los servicios no sanitarios.